Llega la factura en braille de la electricidad y el gas

Desde principios de 2019, es posible recibirlo presentando una solicitud especial

Grupo destinatario: las 25.000 personas ciegas que leen Braille, de un total de unas 100.000 personas con discapacidad visual en nuestro país.
A partir del 1 de enero de 2019 con la Ley de Presupuestos de 2018 De hecho, la obligación de facturación electrónica se extiende a todos los clientes, pero la noticia de especial interés es que los clientes con discapacidad visual también podrán leer su factura gracias a su envío en braille.
La factura en braille se dirigirá y enviará, sin coste adicional, al titular del suministro eléctrico para atender sus necesidades o las de un familiar invidente. La factura en braille también incluirá toda la información sobre el consumo, así como los números útiles.
El proyecto forma parte de las iniciativas que el mundo empresarial reserva a las personas obligadas a convivir a diario con una discapacidad, más o menos grave.
Para solicitarla hay que hacerlo, junto con un familiar o conocido, rellene el formulario correspondientey quienes dispongan de tecnología de asistencia para leer el PDF también podrán solicitar el proyecto de ley en línea. Una guía para leer el proyecto de ley está disponible en https://luce-gas.it/guida/bolletta

Hay que saberlo:
- Los billetes se sobreimprimen simultáneamente en lenguaje Braille (se traducen las partes más significativas) y resaltados para facilitar su lectura, también por terceros y acompañantes
- El servicio es gratuito, no hay costes adicionales
- El IVA se aplicará a 10% en lugar de a 22%.

Otra buena noticia se refiere a las instalaciones para ciegos y sordos  en telefonía proporcionado por uno de los proveedores de servicios telefónicos: Fastweb, que en cumplimiento de la Decisión AGCom nº 46/17/CONS, ha proporcionado ofertas específicas para sordos y ciegos, tanto para servicios de voz y datos de red fija y sólo datos, como para servicios de red móvil, con condiciones económicas favorables.
Para beneficiarse de las prestaciones económicas, es necesario pertenecer a las categorías identificadas por la ley nº 381 de 1970 modificada (usuarios sordos) y por la ley nº 138 de 2001 (usuarios ciegos).
Para más detalles sobre la utilización de los plafones disponibles, consulte las páginas dedicadas a las ofertas Fastweb, así como la sección "Transparencia arancelaria", en el que también se publican las fichas de transparencia de cada una de las ofertas de red fija y móvil. La solicitud se tramitará lo antes posible y, en cualquier caso, en un plazo de 30 días laborables a partir de la presentación de la solicitud completa con la documentación médica requerida.

Dr. Carmelo Chines
Director responsable

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